PROYECTO DE LICENCIA POR MATERNIDAD Y PATERNIDAD
El Código de Trabajo en Costa Rica, no contempla la prematuridad como un causal de extensión de la licencia por maternidad.
Y esto se debe contemplar debido a la diferencia que existen entre los cuidados de un neonato nacido a término en comparación con uno que nace a pretérmino.
Las complicaciones y la estancia hospitalaria son inversamente proporcionales a las semanas de gestación en las que nace un bebé.
Sin embargo, todas las mujeres en Costa Rica tienen derecho a la misma cantidad de semanas fuera del trabajo para atender a su bebé recién nacido independiente de las condiciones o complicaciones médicas que sufren al nacer.
Muchas madres de bebés prematuros extremos se ven obligadas a renunciar a sus trabajos para poder atender a sus hijos. Y esto genera un impacto económico y social muy fuerte en las familias, especialmente en las que las mujeres son jefas de hogar.
Proponemos una reforma al articulo 95 del Código de Trabajo para incluir la prematuridad como una causa justificada para extender la licencia por maternidad proporcional a las semanas de gestación en las que se dio el nacimiento y además, que se otorgue una licencia por paternidad en caso de nacimientos prematuros para que los papás puedan asumir un rol de parentalidad activo durante la estancia hospitalaria de su bebé.
En Costa Rica nacen aproximadamente 5140 niños al año, de los cuales alrededor del 12% son prematuros.
La OMS define que un nacimiento prematuro es aquel que se da antes de la semana 37 de gestación, y dentro de los nacimientos prematuros define 4 subcategorías:
- Prematuros extremos: menos de 28 semanas de gestación
- Muy prematuros: de 28 a32 semanas de gestación
- Prematuros moderados: de 32 a 34 semanas de gestación
- Prematuros tardíos: de 34 a 37 semanas de gestación
La licencia por maternidad en Costa Rica para madres de niños prematuros es de 4 meses sin tomar en cuenta las semanas de gestación al nacer o el estado de salud de niño prematuro.
El cuido de un niño prematuro recién egresado del hospital es mucho más demandante y riguroso que el de un niño nacido a término.
Nos hemos encontrado que en muchos casos las madres trabajadoras tienen pocas semanas en casa con su hijo prematuro una vez que el este sale del hospital, o en el peor de los casos, se les acaba su licencia de maternidad y sus hijos todavía no han salido del hospital.
A esto le sumamos, que la mayoría de los bebés prematuros quedan activos en citas de control médico y de desarrollo, algunos salen oxigeno dependientes y esto requiere mayores cuidados y atenciones de los prematuros en casa.
Muchas madres terminan analizando la opción de renunciar a sus trabajos para poder encargarse de su bebé y otras que no pueden considerar esa opción, ven afectada su salud mental al regresar a trabajar.
Así que no, tener un bebé antes de las 37 semanas de gestación no se puede comparar jurídicamente a tener uno a término y por lo tanto, existe un vacío legal para estos casos donde se discrimina a los padres y no se toma en cuenta los derechos de los bebés nacidos antes de tiempo.
Llevamos 2 administraciones buscando apoyo legislativo en este tema y ejemplificando con legislaciones de países en Latinoamérica con similares a las de Costa Rica que sí tienen contemplado los nacimientos prematuros y los derechos de los neonatos y sus padres en estos casos.
Por otro lado, están los papás quienes quedan fuera del marco jurídico del todo en caso de nacimientos prematuros. Son los padres los que tienen que desempeñarse en sus trabajos como si no tuvieran un bebé hospitalizado, como si la madre no necesitara su apoyo mientras su bebé está internado o como si no hubieran otros niños en el hogar que también requieren apoyo y atención.